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Divorcio express
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Existen casos o situaciones en las que los padres pueden perder la patria potestad de los hijos
La patria potestad ha de ejercerse siempre en el beneficio de los hijos, es decir, que los padres, los progenitores, tienen una serie de derechos y obligaciones derivados de la patria potestad que han de cumplir para garantizar el bienestar, protección y cuidado de los menores. Por norma general, la patria potestad pertenece a ambos progenitores, debiendo ejercerse de manera conjunta.
El deber de cualquier progenitor ha de ser velar por los menores, tenerlos en su compañía, alimentarlos, cuidarlos, educarlos y brindarles la formación necesaria para su adecuado desarrollo, así como corregirlos de manera adecuada, pero existen casos o situaciones en las que los padres pueden perder la patria potestad de los hijos, pudiendo privarles de este derecho si incumplen con los deberes y obligaciones que vienen derivados de la misma tal y como indica el artículo 170 del Código Civil:
“El padre o la madre podrán ser privados total o parcialmente de su potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial. Los Tribunales podrán, en beneficio e interés del hijo, acordar la recuperación de la patria potestad cuando hubiere cesado la causa que motivó la privación.”
Es muy difícil que el incumplimiento de las obligaciones y deberes de un progenitor en relación a sus hijos implique la pérdida automática de la patria potestad, excepto en los casos más graves. Para poder privar a un progenitor de la patria potestad será preciso que exista una sentencia judicial firme al respecto, pero su privación no sólo puede producirse en el caso de que el progenitor no cumpla con sus funciones, deberes y obligaciones.
Cualquier progenitor que tenga una conducta abusiva, peligrosa, perjudicial o dañina para el menor podrá ser privado o suspendido de la patria potestad. Cuando un progenitor trate con gran dureza al menor haciendo uso de castigos físicos, abuso de autoridad o gran crueldad, así como en casos de abusos sexuales, perturbaciones mentales, alcoholismo, abandono del menor, progenitores que hayan sido condenados a más de un año de cárcel o cualquier situación o acto que suponga una crueldad o daño para el menor, perderá la patria potestad del hijo.
Siempre que se pueda acreditar que la situación que provocó su pérdida ya no existe, es decir, que no concurren las circunstancias que propiciaron su privación, el progenitor privado de la patria potestad podrá recuperarla nuevamente. Lo adecuado será contar siempre con los servicios profesionales de un abogado especializado en el tema que pueda llevar a cabo las acciones legales que sean convenientes.
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