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Divorcio express
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Separación de hecho.
La mayoría de las veces, la separación o el divorcio judicial o divorcio express vienen después de una separación de hecho, es decir, si bien sobre el papel continúa siendo una unión (matrimonio, pareja de hecho), en la realidad esta pareja ya no existe ni se comporta como tal tanto en el ámbito privado como en el público, y en el espacio de tiempo que transcurre desde que la pareja se separa hasta que esa separación tiene un reconocimiento judicial, se producen una serie de consecuencias legales.
Tradicionalmente se consideraba que el matrimonio y la familia compuesta entre hombre y mujer, era el mejor ambiente para qué se criaran los hijos, sin embargo esta concepción ha ido evolucionando, la sociedad ha ido cuestionando aquellos valores que parecían inamovibles y hoy en día podemos encontrar matrimonios del mismo sexo y parejas de hecho que gozan de los mismos derechos y deberes que los matrimonios tradicionales.
La separación puede ser de hecho o de derecho. La separación de hecho es cuando se dan dos factores:
La pareja deja de vivir de forma conjuntamente.
Existe una clara voluntad de los cónyuges de no continuar con la vida en común.
El primer elemento es opcional, pero el segundo es totalmente imprescindible, ya que se dan casos de parejas que siguen viviendo bajo el mismo techo aunque la relación está totalmente rota desde hace tiempo, la convivencia no es marital (no hay relaciones íntimas), así que aunque continúen residiendo en el mismo domicilio la pareja puede considerarse separada de hecho.
Suele ocurrir cuando los cónyuges entienden que ya no pueden seguir viviendo juntos y que lo mejor para ellos mismos y para la familia general, pero sobre todo para los niños, es que uno de ellos salga del domicilio familiar y regulen mediante un acuerdo consensuado las consecuencias de esta separación.
Esta sin duda es la solución más civilizada e inteligente para todas las partes, pero sobre todo para los hijos de esa pareja si los hubiere. Por supuesto una separación no deja de ser un proceso amargo y difícil para todas las partes involucradas que genera tristeza y frustración, pero si los cónyuges muestran una actitud cordial respecto al otro, ayudará a la superación de esta realidad.
Este tipo de rupturas suele darse cuando uno de ellos la impone al otro, ya sea porque abandona el hogar o porque expulsa al otro del domicilio conyugal.
Lógicamente esta separación es muy dolorosa para todas las partes pero principalmente para los hijos que no entienden la situación y se ven atrapados en medio del fuego cruzado, además de que el proceso judicial que conllevará es más largo, lento y costoso que si fuera de mutuo acuerdo, lo que ocurre es que los cónyuges, muchas veces con la mente nublada por sus propias emociones, son incapaces de transigir y sentarse a negociar una solución intermedia.
Muchas personas piensan erróneamente, que la separación de hecho no tiene consecuencias legales hasta que no se inicia el procedimiento judicial de separación o divorcio, sin embargo esto no es exactamente así, puesto que hay algunas consecuencias jurídicas que suceden por el advenimiento de la separación de hecho, como por ejemplo que en caso de que uno de los cónyuges sea incapacitado, el otro ya no se instituye automáticamente como tutor o curador del otro, se pierden los derechos hereditarios en caso de sucesión intestada.
En relación a los hijos ya no hay presunción de paternidad respecto a aquellos niños nacidos 300 días después de la separación fáctica, sin perjuicio de que luego puedan ser reconocidos, y de los ya nacidos la patria potestad será ejercida por aquel cónyuge que conviva con los niños.
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